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Educación acordó importantes cambios que fortalecen el funcionamiento de la escuela secundaria

Firmó ayer con la Atech un acuerdo paritario para modificar el procedimiento en la designación de cargos directivos en Nivel Secundario, además de aprobarse guardias para las escuelas agrotécnicas. También se avanzó en la derogación de artículos del Reglamento General de Escuelas, que es de 1977.
El Ministerio de Educación y la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (Atech) firmaron ayer viernes un acta paritaria, a través de la cual se mejoran los procedimientos para la toma de cargos directivos en escuelas secundarias y se avanza en la derogación y revisión de distintas normativas aprobadas durante la dictadura, como el caso del Reglamento General de Escuelas vigentes desde noviembre de 1977.
Entre las modificaciones más importantes se derogaron artículos, se modificó el procedimiento para la cobertura de cargos directivos en la Escuela Secundaria, se aprobaron guardias para las escuelas agrotécnicas y se consensuó que debe replantearse el rol y función de los supervisores escolares en lo referente a la Resolución 1.414 y sus Anexos, que es de 1978.
También en el acta paritaria se estableció, en lo que hace a la modificación del alcance de títulos docente, dar alcance supletorio a los egresados de Polimodal con Trayecto Técnico Profesional completo (TTP), para el cargo de PEP (Profesor de Enseñanza Práctica), antes MEP (Maestro de Enseñanza Práctica). 
“A poco de asumir manifestamos nuestra voluntad de revisar la leyes dictadas durante la dictadura y que desde entonces venían regulando la función docente. Hoy, tras unos meses de análisis y debate con la Atech, firmamos un acuerdo paritario con derogación y modificación de artículos que no se condicen con la vida democrática y también avanzamos en mejorar distintos procedimientos para los equipos directivos en la secundaria”, dijo el ministro de Educación, Luis Zaffaroni.
Con respecto a los listados de personal que se postula para ocupar cargos directivos en Educación Secundaria, se acordó que los postulantes “deberán presentar copia de los dos últimos conceptos no inferior a muy bueno en la institución que se postula y en aquella donde tenga mayor carga horaria”. Hasta ahora, el requisito exige el concepto de los últimos tres años en todos los cargos que revista el docente.
En el encuentro, que se prolongó durante más de cuatro horas, estuvieron presentes, por la cartera educativa, el ministro Zaffaroni, la subsecretaria de Política y Gestión de la Calidad Educativa, Saida Paredes; el director general de Educación Secundaria, Martín Medina; el director general de Educación Física y Deporte, Carlos Portas y Mario Velásquez, del equipo técnico de la Dirección General de Educación Técnica para la Producción y el Trabajo.
Por la Atech, se sentaron a la mesa, su secretaria general, Estefanía Aguirre, y los delegados paritarios Norma Luque, Cintia Gómez y Marcela Capón. También estuvieron presentes Santiago Goodman, secretario gremial y el secretario de Prensa y Comunicación, Sergio Combina.
Cambios trascendentes
En lo que hace al Reglamento General de Escuelas, se derogaron los artículos 36 y 37 y se propuso, en su lugar, remitirse a la Ley Provincial de Educación (N° VIII/91), al capítulo dos que hace referencia a los derechos y obligaciones, puntualmente a los artículos 94, 95 y 96.
El artículo 36 del Reglamento General de Escuelas, vigente hasta hoy, establecía, por ejemplo, en su inciso i) que “el personal deberá denunciar de inmediato a quien corresponda toda forma de propaganda subversiva o inmoral que se efectuare en la escuela” o, su apartado j) establecía que se debía “entregar a la dirección de la escuela con la antelación que ésta determine, copia del discurso a pronunciar en el acto escolar para el que fuere designado”.
El acta paritaria entre el Ministerio de Educación y la Atech, que es la segunda firmada en lo que va del año, derogó el artículo 62 del mencionado reglamento, remitiéndolo al artículo 97 del capítulo dos de la Ley Provincial de Educación.
El artículo derogado y modificado por el 97 de la citada ley reglamenta los derechos que asisten al alumno. El punto 3 del artículo que fue derogado señalaba: “Ser desarrollada su personalidad, con particular atención a las virtudes que caracterizan nuestro pasado histórico y racial, y definen un estilo argentino de vida: democrático, occidental y cristiano”.
También se introdujeron cambios en los puntos 64 a 68, que tratan sobre la obligatoriedad de la escolaridad, y en su lugar se remitió a la Ley  VIII Nº 91 artículos 14, 15, 16, 17 y 18, del capítulo uno.
Las partes se comprometieron a avanzar en el análisis de la distinta normativa vigente.