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La Cámara de Apelaciones de Trelew definió los alcances de la cobertura de SEROS en caso de médicos no prestadores

La Cámara resolvió el rechazo de un reclamo de una accionante contra SEROS.
El Instituto de Seguridad Social y Seguros informó que los afiliados deben atenderse con médicos prestadores de la obra social, y que si deciden atenderse con profesionales que no lo sean, solo se reintegrará el valor de la prestación a los mismos valores que reconoce a prestadores propios.
Esta resolución fue establecida por la Cámara de Apelaciones de Trelew en el marco de la presentación de un afiliado (actuaciones caratuladas «N.N c/ISSyS s/Amparo -expdte N°343/2018-) que reclamaba a SEROS el pago de la totalidad de honorarios de su médico tratante no prestador de la obra social.
A partir de esto, la Justicia resolvió el rechazo del reclamo y se definió que en el caso de que el afiliado opte por atenderse con un profesional no prestador, SEROS solo está obligado a reintegrar los mismo valores que se paga por idéntica práctica con prestadores propios.