Fue sorprendido fuera de su domicilio en horario no permitido y habiendo consumido alcohol. La Fiscalía solicitó su inmediato traslado a una comisaría o establecimiento carcelario. La jueza decidió revocarle el permiso de salidas laborales y dictar la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario en la localidad de Cholila.
El imputado amenazó de modo violento a la víctima y fue detenido el 25 de enero. Se le impuso como medida de coerción, la prohibición de acercamiento y contacto. Tres días después la incumplió y en una nueva audiencia se dispuso su prisión preventiva. Con posterioridad la medida fue morigerada y pasó a arresto domiciliario. En junio accedió a un régimen de arresto domiciliario nocturno (de 22:00 a 06:00 horas). A fines de agosto, fue prorrogada la prisión preventiva, autorizándolo a circular libremente durante el día entre distintas localidades de la jurisdicción para que pudiera trabajar. Siempre con prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.
El incumplimiento
Apenas tres días después de recibir dicha flexibilización, el 31 de agosto pasadas las 22:00 horas, personal policial halló al imputado en un evento público en la localidad de Epuyén en aparente estado de ebriedad, cuando a esa hora ya debía encontrarse dentro de su vivienda en Cholila cumpliendo el horario de detención.
La postura de las partes
Durante la audiencia de revisión, el Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que la prisión preventiva se cumpla en un establecimiento carcelario o comisaría. La Fiscalía argumentó que las medidas morigeradas resultaron infructuosas y remarcaron la conducta reiterativa y la falta de apego del imputado hacia las pautas impuestas por la Justicia.
Por su parte, la Defensa Pública reconoció la falta, pero argumentó que no existió peligro de fuga ni intención de entorpecer la investigación, alegando que el acusado no intentó contactar a la víctima y que el retraso en su regreso se debió a un inconveniente con el transporte tras una reunión familiar. Por ello, solicitó no enviarlo a prisión.
La resolución judicial
La magistrada interviniente desestimó el pedido de la Fiscalía de alojarlo en una celda carcelaria, al considerar que no se acreditaron nuevos riesgos procesales suficientes para justificar la medida más gravosa de encierro.
Sin embargo, remarcó la gravedad del incumplimiento y la incompatibilidad de asistir a un festejo con consumo de alcohol cuando se le habían otorgado permisos con fines laborales. En consecuencia, la jueza resolvió:
- Revocar los permisos de circulación diurna: El imputado perdió toda libertad de movimiento.
- Arresto domiciliario: Se fijó la prisión preventiva bajo modalidad domiciliaria las 24 horas del día, sin salidas, en su vivienda de Cholila.
- Prohibición de contacto: Se mantuvo la restricción absoluta de comunicación o acercamiento a la víctima.
- Plazo: La medida regirá hasta finales de octubre, fecha en la que se revisarán nuevamente las medidas cautelares de cara al inicio del juicio oral.
La resolución fue notificada a las comisarías de la zona para que dispongan controles estrictos sobre el cumplimiento de la detención en el domicilio.
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