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El Municipio de El Hoyo transfirió la administración de la Sala Velatoria a Costhelo

El Intendente de El Hoyo Mirco Szudruk, firmó con el presidente de Costhelo Ltda. , Raúl Girardelli, convenio de transferencia de Sala Velatoria.
En ese marco el acuerdo le otorga a  la Cooperativa las facultades de ceder o transferir el uso del inmueble donde se encuentra asentada la sala velatoria, a título gratuito u oneroso, previo proceso de selección del concesionario mediante llamado a concurso público de ofertas u otro procedimiento público en el que se exija a los oferentes  como mínimo compromisos  tales como :  “ la prestación de doce servicios velatorios gratuitos anuales para aquellas personas que de conformidad con la calificación emitida por el Área de Asistencia Social de la Municipalidad tengan necesidades básicas insatisfechas y consecuente imposibilidad económica de afrontar los gastos del servicio. Este servicio debe comprender cajón, uso de sala velatoria y traslado al cementerio”.
Así mismo quedó establecido que el ganador del concurso público que realice Costhelo, en busca de un prestador del servicio de sepelios deberá contar con el visto de conformidad del Departamento Ejecutivo Municipal.
Así mismo, el convenio especifica en su clausula Tercera que “la Cooperativa tiene plenas facultades para transferir el dominio, gravar con derechos reales y realizar todo tipo de actos de disposición o administración sobre las dos parcelas baldías, lindera en ambos lados a la parcela donde se encuentra enclavada la sala velatoria.” 
 Así mismo  Costhelo, representada en este acto por su presidente Raúl Girardelli,  expresa en el acuerdo su compromiso de no vender o transferir total o parcialmente la sala velatoria excepto caso de fuerza mayor y con el acuerdo previamente otorgado por resolución del Honorable Concejo Deliberante de la localidad y refrendado por el Poder Ejecutivo.
 Quedando establecido también que en caso de venta de los dos inmuebles la Municipalidad de El Hoyo tendrá la preferencia de compra en los términos establecidos en el artículo 1393 del Código Civil.