El diputado Eduardo Conde radicó este miércoles una denuncia penal en la Fiscalía de Rawson para que se investigue las publicaciones periodísticas que indican un presunto cobro de Gastos de Emergencia Social de $1 millón a nombre de quien fuera el gobernador Mario Das Neves.
(Prensa:Bloque Cambiemos)
Ante la extinción del mandatario, el legislador provincial pidió a la Justicia que esclarezca dicha situación que involucraría a quienes cobraron el dinero como así también a los funcionarios que habilitaron el pago. La suma se habría cobrado mediante dos cheques emitidos uno a fines de noviembre y el posterior el pasado 22 de diciembre.
En la denuncia expresa “vengo a dar acabado cumplimiento a mi obligación de denunciar penalmente todo hecho que llegase a mi conocimiento y que pudiera ser objeto de la correspondiente investigación penal, dando cuenta en este caso de la información periodística que alude a la emisión de dos pagos de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) cada uno, y a favor del extinto gobernador de la Provincia, Mario Das Neves, hecho supuestamente acaecido con posterioridad a su fallecimiento”.
El presidente del Bloque Cambiemos argumenta que “la documentación respaldatoria de tamaña afirmación emerge elocuente de los instrumentos que en fotocopia se acompaña, que describen detalladamente la emisión del pago, señalando, por una parte, que la orden emerge de la Secretaría Privada de la Gobernación del Chubut, siendo su destinatario Don Mario Das Neves, con alusión expresa a su identificación, al consignarse el CUIT N° 20-8526241-7”.
Subraya que “los datos del primer comprobante identifican la operatoria administrativa, bajo el nro. de Expediente 898/2017 –MCG-SUG, aludiendo la orden de pago individualizada como OPP N° 1180947 al concepto denominado `Gastos para atender situaciones de emergencia`, correspondiente al mes de junio del corriente año”.
Agrega el abogado que “finalmente se consigna el Nro. de recibo de pago (2222468), la fecha del mismo (martes 28 de noviembre de 2017) y el Nro. del cheque emitido (A15243411) por la suma de $ 500.000”.
“Los datos del segundo comprobante aluden al mismo Expediente, 898/2017, siendo la orden de pago identificada bajo el nro. 1199348, por igual concepto que el anterior, `Gastos para atender situaciones de emergencia social`, correspondiendo en este caso al mes de julio de 2017”.
En la denuncia que efectuó este miércoles pasadas las 11 de la mañana añade que “los demás elementos que identifican el instrumento dan cuenta del Nro. de recibo de pago (2236792), la fecha del mismo (22 de diciembre de 2017) y por la suma de $ 500.000. Los denominados Gastos de Emergencia Social se refieren a un concepto de libre disponibilidad de quien ostenta la titularidad del Poder Ejecutivo Provincial, para sufragar erogaciones creadas por casos de urgencia o extrema necesidad en la que se hallen personas o instituciones en condiciones de emergencia social, con la singularidad de que dichos montos no requieren de su rendición, lo que asemeja la modalidad a los denominados gastos reservados”.
En la extensa fundamentación del escrito, donde se adjuntó los elementos que acreditan la descripción, sostiene que “de ser fehaciente la documentación que identifica las operatorias administrativas, habría claramente una irregularidad en el pago, al imputarse a gastos de la persona fallecida y respecto de períodos mensuales transcurridos a la fecha, todo lo cual habla de la inoportunidad e improcedencia de su emisión con visos de ilicitud en la especie de la defraudación”.
“En el caso urge verificar la realidad de los hechos descriptos, y en particular, los sujetos comprometidos en su tramitación, esto es, los funcionarios que autorizaron y habilitaron el pago, y sus receptores o beneficiarios, sin perjuicio de la eventualidad de que los fondos hayan sido depositados en cuenta corriente habilitada a tal fin, circunstancia que no se compadece con los contenidos de la documentación, que alude claramente a una persona física ahora fallecida, y no al funcionario político, titular del Poder Ejecutivo, razones todas que ameritan su esclarecimiento”.
Finalmente Conde remarcó que “en orden a la veracidad de los hechos, desde luego la materia habrá de ser objeto de investigación, ejerciendo en este acto el derecho que me concede el art. 16 del Código Procesal, de exigir a los funcionarios competentes la atención y el despacho de la petición que formulo, siendo por lo demás resorte del Ministerio Público, de instar las actuaciones a su cargo, de conformidad a lo estipulado en los arts. 37, 112 y concordantes de la ley adjetiva”.