El Ministro de la Producción, Pablo Mamet, conjuntamente con el titular de CORFO, Hernán Alonso, firmaron la Resolución N° 183/17 que condonará total y parcialmente créditos otorgados por el gobierno provincial a pequeños y medianos productores ganaderos afectados por sequías y cenizas.
La condonación comprenderá el capital, los intereses compensatorios y punitorios, gastos y accesorios que en la práctica son más de 2.500.000 pesos. En este caso la medida alcanza a 133 productores agropecuarios de los cuales 110 se verán beneficiados con el 100% de la condonación, mientras que el restante obtendrá el 50% de la misma.
Ante esto el ministro Mamet señaló que «estas medidas sin dudas benefician a un sector muy importante de la provincia que durante la gestión anterior no tuvo el apoyo necesario y estuvo prácticamente abandonado».
Además remarcó que «esta gestión se ocupa de las necesidades de los productores y del sector, y es así como lo demostramos con las diferentes gestiones que venimos realizando, dentro del gabinete provincial, como con el gobierno nacional para beneficio de los distintos sectores de la Provincia».
Estos es en el marco de la Ley XXIV N° 60 con el objetivo de dar cumplimiento a lo estipulado en sus artículos. La mencionada ley dispuso la condonación de deudas hasta el 20 de diciembre de 2011 por créditos otorgados a los productores agropecuarios, y obedece a los recurrentes eventos climáticos que sufrió la provincia entre el periodo 2004 y 2011, los cuales dieron origen a la declaración de sucesivas emergencias agropecuarias por sequías y cenizas volcánicas.
Como consecuencia de dichos acontecimientos, el sector ganadero extensivo se ha visto afectado en su rentabilidad con la consecuente descapitalización, endeudamiento y problemas financieros, dificultando gravemente la evolución de la actividad y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales asumidas.
Condonación de Créditos
La reglamentación indica que serán beneficiarios los productores agropecuarios que se dediquen a la cría de ganado ovino y/o bovino. Se utilizarán las encuestas ganaderas establecidas en la Ley III N° 17, de carácter obligatorio, para determinar las existencias promedio de ganado ovino y/o bovino de los productores entre los años 2004 y 2007 inclusive.