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Causa contra forense de Esquel pasarà a la Justicia Federal

La justicia provincial se declaró incompetente

Lo resolvió el Juez Martín O’ Connor, disponiendo que las actuaciones se remitan al Juez Federal de Esquel. La decisión se fundó en el pedido realizado en tal sentido por el fiscal Fernando Rivarola, quien de oficio abrió una investigación en relación a manifestaciones del médico forense de la circunscripción que tomaron estado público en las redes sociales.

La Fiscalía interpretó que aquel comentario en contra de Estela de Carlotto y Hebe de Bonafini, puede resultar constitutivo del delito de apología del crimen reprimido por el Código Penal de la Nación. “En tal sentido debemos principiar el análisis desde la repercusión que las manifestaciones públicas del alto funcionario judicial han alcanzado a nivel Nacional. Los intereses afectados por la conducta en análisis, en concordancia con el bien jurídico protegido por la norma, han trascendido las fronteras de la Provincia del Chubut, impactando en el orden nacional y con afectación de la sociedad toda.

Prueba de ello resulta el hecho notorio de la difusión alcanzada en la totalidad de los medios masivos de comunicación nacional. Entendemos que en este caso, de acreditarse que la conducta reúne la totalidad de los elementos objetivos y subjetivos requeridos por el tipo, se habrá afectado el sentimiento de confianza colectiva de la comunidad Nacional y porque no de la internacional, atento las características de los delitos que indirectamente se instigan…”, exponía Rivarola.

En otro párrafo indicaba que “el juicio apologético que puede inferirse del texto de la publicación realizada por Daniel Roo, analizada en el contexto en que esta se da (identificación del nieto 114 a más de 30 años de su apropiación) remite a la totalidad de los delitos de lesa humanidad cometidos por los partícipes de la última dictadura militar, muchos de los cuales ya han sido juzgados y condenados y otros se hallan en proceso.” Añadió que estos procesos judiciales alcanzaron fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “que encarnan el interés del pueblo Argentino y del estado democrático, en aras de reivindicar la memoria, la verdad y la justicia, frente a este tipo de delitos”.

A este respecto el juez entendió que “los presuntos dichos del imputado guardan relación con un momento especialmente sensible de nuestra historia, reivindicándose procedimientos que se juzgaron cometidos durante el período de facto que trascurrió desde 1976 hasta 1983.

De esta manera la alusión a que determinadas personas sean “torturadas” y luego ejecutadas con un tiro en la nuca, no puede ser abstraída del contexto histórico y de los hechos que fueron juzgados y probados por distintos tribunales federales”.

O’ Connor puntualizó que esto se hace más evidente en tanto que “las destinatarias de esas ideadas acciones son dos de las caras más visibles de las víctimas de aquellas acciones, como ser Estela de Carlotto y Hebe de Bonafini.”

 

El interés federal radicaría a criterio de la justicia local, en que el “Estado Argentino ha tenido una verdadera política de Estado en aras a que los delitos cometidos por el último gobierno de facto sean juzgados. También, se ha desarrollado una verdadera conciencia social, institucional y política, a fin de consolidar al proceso democrático como el único modo de acceso al poder de quienes tendrán la responsabilidad de liderar el Gobierno Nacional”, indica la declaración.

“Si la conducta que aquí se investiga se juzga delictiva, entonces estaríamos en presencia de expresiones capaces de poner en jaque los valores democráticos construidos en los últimos treinta años… Así las cosas, una virtual reivindicación de procedimientos ilícitos, que merecieron condenas penales y considerados delitos de lesa humanidad e imprescriptibles por la Corte Suprema de Justicia, podrían desembocar en acciones ofensivas contra la soberanía y seguridad de la Nación, tal como prescribe el art. 33 del Código Procesal Penal Federal”, consideró el juez.