El Juzgado Único Letrado en Primera Instancia de lo Civil con asiento en Lago Puelo, dio lugar a medida cautelar de No Innovar, hasta tanto se resuelva el conflicto de fondo, presentada por Miriam González, edil justicialista del Concejo Deliberante de la localidad El Hoyo, en relación al cargo de la vicepresidencia del honorable cuerpo. De esta forma queda suspendido el cargo de Pérez, quedando en ejercicio de la vicepresidencia actual el concejal González, quien fuera electa por unanimidad en el periodo 2012.
La Resolución del juez de primer instancia deja sin efecto el artículo 2 de la Resolución 004/2013, mediante la cual se designó en forma irregular a cargo de la vicepresidencia al edil Walter Pérez; como así también la sesión ordinaria de fecha 13 de agosto de 2014,
hasta tanto se resuelva el conflicto de fondo, en relación al cargo de vicepresidencia del honorable cuerpo legislativo.
Es así que la justicia hizo lugar a lo peticionado por Miriam González, a raíz del conflicto desatado el pasado miércoles 13 de agosto en el seno del honorable cuerpo legislativo local, día en que la oposición le impidió a González presidir la sesión ordinaria, aprovechando la situaciòn Walter Pérez . por segunda vez en lo que va del año para usurpar el cargo de presidente del concejo deliberante, por considerarse vicepresidente electo en el 2013, a pesar de haber sido proclamado irregularmente, sin cumplir con la legislación vigente; todo ello en concordancia y teniendo en cuenta los antecedentes legislativos y judiciales, en relación a la resolución definitiva del Superior Tribunal de Justicia del Chubut, en relación a autos caratulados Lucas Roberto Alejandro s/ Denuncia Conflicto de Poderes HCD El Hoyo, en la que se dictaminó el accionar ilegal de Pérez.
Esta medida preventiva, de No Innovar, retrotrae lo actuado al periodo 2012, en el que Miriam González fue electa como vicepresidenta del HCD El Hoyo, por unanimidad y en el marco de las leyes vigentes.
Durante los últimos días, en menos de una semana, tres resoluciones judiciales dictaron sentencia en contra del edil Walter Pérez, y sus aliados miembros de los bloques opositores (PVEH Y FPV), quienes operan en contra del gobierno municipal de turno, y en función de los intereses del partido vecinal local.
¿Que dice la ley?
La ley de corporaciones municipales XVI Nº 46( antes ley 3098) establece en su artículo 66 que el presidente y el vicepresidente del concejo podrán ser reemplazados en sus cargos por resolución de dos tercios de votos de los concejales presentes, adoptadas en sesión pública convocada especialmente, al igual que lo establecido por el reglamento interno del HCD, en su resolución 008/2000; que además establece en su artículo 26 que el presidente y vicepresidente durarán un año en sus funciones, pudiendo ser reelectos. Si vencido el termino no hubiesen sido reemplazados, continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que así lo hicieren.
En obediencia y aplicación de la ley vigente, teniendo en cuenta que la renovación del autoridades del HCD de El Hoyo, para el periodo año 2013, NO se realizó en Sesión Especial y el cargo de la vicepresidencia en la que Pérez fue proclamado con tan solo 4 votos del total de siete concejales presentes, queda develado que la misma se realizó en forma ilegal; y tiene similitud con lo sucedido a principio del año legislativo 2014 , actos que generaron un conflicto de poderes con alcance al Superior Tribunal de Justicia del Chubut, órgano que ya ha emitido su sentencia definitoria a favor del concejal justicialista Roberto Lucas, miembro del bloque oficialista.
Así mismo el máximo órgano judicial provincial en los considerandos de dicha sentencia, deja claramente expreso que “los dos tercios de votos, de siete concejales presentes, es de 5 votos”.