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Nueva Normativa Ambiental: Los vendedores de baterías deberán recibir las usadas, registrarlas y acopiarlas para su reciclaje

El Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable emitió una Resolución.
El Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, exigirá a partir de la Resolución Nº 12/13 que los vendedores de acumuladores eléctricos en la operación de venta reciban el acumulador usado, debiendo además contar con un registro de los usuarios que los han entregado y un sector de acopio adecuado para su posterior reciclaje.
En este sentido, la subsecretaria de Regulación y Control, Miriam López Arrúa explicó que “esta medida surge a partir de que hemos detectado que se acumulan baterías que se disponen incorrectamente, o que  ingresan en circuitos informales de recuperación de residuos que no cuentan con ningún tipo de control o que se envían a rellenos de seguridad sin considerar siquiera el reciclaje de sus componentes ya que, algunos equipos contienen elementos con un valor económico interesante en el mercado”.
Por otra parte, indicó que “se decidió desde este Ministerio, a partir del trabajo de la Directora General María Pía Di Nanno y su equipo técnico, que era de suma importancia efectivizar esta norma teniendo en cuenta que no se cumplía con la Normativa Nacional que establece la Resolución 544/94 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, y que debía fomentarse el reciclaje, considerando que existen empresas habilitadas para estos fines en otros puntos del país.”
La funcionaría mencionó que “existen regulaciones similares en las provincias de Buenos Aires y Santa Fe y en la mayoría de los países europeos, los vendedores minoristas de acumuladores están obligados a regresar los acumuladores usados” ya que, según aclaró “como todo residuo debe ser gestionado adecuadamente y hay que pensar que las baterías contienen sustancias peligrosas, que pueden ser toxicas o corrosivas y su mal manejo puede afectar la salud de quienes están en contacto con esos materiales como así también al ambiente.”
López Arrúa apeló a la responsabilidad de los usuarios de baterías indicando que “adquirir una batería para el automóvil es tarea sencilla, ya que se consiguen en diferentes comercios incluyendo los supermercados, pero cuando una batería deja de funcionar, el usuario se deshace de ella sin conocer cómo será tratada o donde terminarán sus partes, por eso, es importante que  tomen conciencia en cuanto a la necesidad de devolver sus baterías usadas llevándolas a quien le vende una nueva, y saber que el comerciante tiene la obligación de recibirla”.
“En definitiva, el  espíritu de esta norma es fomentar el reciclaje de las baterías y sus componentes en el marco del cuidado ambiental, de la salud de la población y de la responsabilidad social empresaria”, concluyó.
Beneficios de la Norma
Los principales beneficios de contar con un sistema de gestión formal son evitar el vertido del electrolito, que además de ser muy corrosivo contiene alta concentración de plomo disuelto y en forma de partículas que pueden contaminar el suelo y el agua.
Por otra parte, la misma impedirá que se recupere el plomo en fundiciones no autorizadas, con tecnologías inadecuadas para el ambiente que también pueden provocar la contaminación del suelo y del aire por la emisión gaseosa de plomo con importantes consecuencias sobre la salud.
Obligaciones de los comerciantes
En cuanto a las obligaciones de quienes comercializan estos productos, cabe mencionar que deberán llevar un libro de registro donde se vuelque información de los acumuladores entregados, además de exhibir un cartel con la leyenda “Estamos obligados a recibir la batería usada” y contar con un sector de almacenamiento que cumpla con normativa ambiental vigente, es decir, la Disposición N° 185/12-SRyCA.  
Queda prohibido cualquier destino de la batería de plomo ácido que no implique el reciclaje de sus componentes, en particular, del plomo que contienen y no deberán disponerse acumuladores de plomo ácido utilizados en la Provincia de Chubut en rellenos de seguridad u otros, mientras existan en el país instalaciones autorizadas por las autoridades ambientales competentes para su aprovechamiento y/o valorización.