La condena a la Vicepresidenta de la Nación no está firme, por ende, no será de cumplimiento inmediato en ninguno de sus aspectos hasta que se agoten todas las instancias de apelación previstas por la ley.
El fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que condenó este martes a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión y a inhabilitación perpetua no está firme y, por ende, no será de cumplimiento inmediato en ninguno de sus aspectos hasta que se agoten todas las instancias de apelación previstas por la ley.
Además, en el caso de la exmandataria, tiene inmunidad de arresto en razón del cargo que desempeña hasta el 10 de diciembre de 2023 y durante ese lapso haría falta un juicio político en el Congreso para quitarle los fueros y hacer efectiva la detención.
Sin embargo, aunque está habilitada para volver a postularse a cualquier cargo ya que la prohibición para ejercerlos se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme en todas las instancias, la propia Vicepresidenta anunció que no será candidata a nada y que su nombre no estará en las boletas del Frente de Todos en las próximas elecciones.
En ese caso, al finalizar mandato actual como Vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner no contará con fueros en el caso de que las instancias superiores confirmen la sentencia del TOF 2.
Por otro lado, el proceso de apelación en los tribunales de alzada podría extenderse indefinidamente ya que la Corte Suprema de Justicia no tiene plazos para expedirse.
(TELAM)