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Representantes de trabajadores independientes de El Bolsón

La próxima semana se concretaría audiencia entre las partes involucradas en el amparo presentado por trabajadores independiente de El Bolsón

El Dr. Guillermo Gregorio, titular del juzgado Civil, Comercial, Laboral y Familia de la localidad de Lago Puelo, convocaría para la próxima semana a una audiencia a las partes, que involucra el Recurso de Amparo interpuesto contra el gobierno del Chubut , por el referente de APDH El Bolsón en representación de más de un centenar de trabajadores independientes que piden se los autorice a transitar por el límite del Paralelo 42º entre El Bolsón y el resto de las localidades de la Comarca Andina.

El titular del juzgado, el mismo día en que se presentó el amparo, dio lugar a la providencia, ahora resta cumplir con los trámites administrativos que la situación judicial amerita, más allá que este tipo de recurso es el proceso más rápido y urgente de resolución judicial.

Dicho Amparo fue presentada por el Dr. Raúl Prytula, vicepresidente de la mesa nacional de la APDH, ante el juez de primera instancia con asiento en Lago Puelo Dr. Guillermo Gregorio, letrado que dijo entender la situación de impotencia y desesperación de los trabajadores que ven afectada la posibilidad de llevar el sustento diario a su familia, pero también reconoce que está el derecho de la salud del resto de la comunidad.

En el contexto de emergencia sanitaria que se da el amparo, se pone en juego y casi surge un enfrentamiento de intereses y de derechos administrativos, constitucional y humanos , para salvaguardar los derechos de los ciudadanos.
En ese sentido para poder definir el recurso de amparo, es necesario que las partes se encuentren en audiencia, para analizar la situación y tratar de llegar a un acuerdo de instrumentación operativa sostenible en el marco de la emergencia por la pandemia Covid 19.Dicha convocatoria podría concretarse la semana entrante.

Aunque todo ello depende de los decretos de necesidad de urgencia vigentes a nivel nacional y provincial, y/o disposiciones municipales; y los criterios fijados como por ejemplo, en el análisis que haga el estado en base a su reglamentación y concepto de servicio esencial.

Otro punto a tener en cuenta es que si bien el amparo presentado tiene carácter colectivo, la situación de los trabajadores de cada uno es particular por lo que la misma requeriría un análisis en particular punto por punto.