La cámara de apelaciones de Puerto Madryn, revocó medida cautelar interpuesta el 12 de mayo por comunidades mapuche-tehuelche ante el Juzgado Laboral N° 1 de la Dra. Carolina Barreiro, entendiendo que el plazo para la presentación del amparo había vencido el 20 de diciembre, 30 días después de ingresado el proyecto a la Legislatura.
Las comunidades en la presentación que obtuvo el acompañamiento de jueza Barreiro quien en un dictamen ordenó suspender a la legislatura del proyecto de zonificación minera, argumentaban que el proyecto 128/20 ingresado a la legislatura el 20 de noviembre del año pasado, no había propiciado la consulta y participación de la comunidad de pueblos originarios.
En tanto los miembros integrantes de la Cámara de Apelaciones, resolvió este martes(15/06/2021) revocar la sentencia interlocutoria 37/2021 de la Jueza Barreiro(14 de mayo de 2021) , declarando inadmisible la acción de amparo interpuesta por la parte actora, las comunidades mapuche-tehuelche, mientras que en el artículo 2° dejaron sin efecto la medida cautelar dispuesta en la sentencia que acaba de ser revocada.
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