El martes a la madrugada la policía de José de San Martín respondió al llamado de una mujer, pidiendo ayuda. En el exterior todo se veía tranquilo, pero al aproximarse escucharon los gritos y vieron por una ventana que había llamas. El sindicado fue aprehendido y llevado a audiencia de control de la detención y formalización de la investigación. A pedido de la Fiscalía, el juez dispuso la prisión preventiva por un plazo de 90 días.
La víctima es una mujer con retraso madurativo, respecto de la cual el imputado tuvo una medida judicial de prohibición de acercamiento. La medida se venció el día anterior al hecho. El 2 de julio a las 3:15 aproximadamente, el imputado, un hombre de 76 años, habría forzado la ventana de la vivienda y arrojó al interior una botella con líquido combustible. Rápidamente provocó llamas que comenzaron a expandirse por el dormitorio. La Fiscalía sostiene que la intención del sujeto era darle muerte a la mujer, principal testigo de la investigación que se sigue en su contra por abuso sexual.
La víctima llamó a la policía, alertando que el imputado estaba en el patio de la vivienda molestando. Cuando los efectivos policiales llegaron al lugar, vieron que estaban las luces apagadas. Al acercarse escucharon los gritos de auxilio y vieron las llamas en el interior. Debieron forzar la puerta de ingreso, para encontrar a la víctima sentada en un rincón, gritando desesperada por lo que estaba viviendo.
Parte del personal salió en busca de algún medio extintivo para combatir el fuego, en el camino, a 200 mts de la casa, vieron al imputado que corría en dirección opuesta. En esas circunstancias fue aprehendido.
Raúl Camerlo calificó el hecho como constitutivo de los delitos de tentativa de femicidio y daño.
El defensor Bruno Deias, negó los hechos y la calificación legal.
Pese a sus 76 años, cumplirá prisión preventiva
Camerlo pidió al juez que disponga la prisión preventiva del imputado por un plazo de 90 días, tiempo en el cual la Fiscalía estaría en condiciones de presentar la acusación pública. El funcionario explicó que hay peligro procesal de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Para fundamentarlo sostuvo que el imputado no cuenta con arraigo suficiente, en los últimos años vivió en Gobernador Costa y Cholila, además de su actual residencia en José de San Martín, es jubilado y no tiene familia ni vínculos afectivos en el lugar. Añadió además las graves características del hecho y la pena en expectativa. También se refirió a un incumplimiento de la prohibición de acercamiento por el cual tiene abierta una investigación por desobediencia y resistencia a la autoridad.
La Fiscalía resaltó que la víctima sufre un importante retraso madurativo, vive sola y por la noche queda con la vivienda cerrada con llave para que no salga en la madrugada. Carmerlo argumentó que el imputado habría aprovechado su vulnerabilidad y además, cortó la luz de la vivienda desde el pilar para evitar que la víctima tuviera posibilidad de encontrar una salida.
Respecto del riesgo de entorpecimiento, el fiscal sostiene la hipótesis que intentó matarla para que no pueda dar su testimonio en la investigación por abuso sexual que se siguen en su contra.
El defensor Bruno Deias rechazó el pedido, planteando que los argumentos ofrecidos pueden tener otra lectura y que no hay prueba suficiente para acreditar que fue su defendido el autor del hecho. “Si bien puede haber sido detenido en cercanías de la vivienda, la localidad es pequeña, no se lo encontró en la comisión del hecho sino con posterioridad, y se habla de la sindicación de la víctima que tiene retraso madurativo…” argumentó. El abogado defensor se refirió a que en las condiciones en que se encuentran los lugares de detención, no es posible alojar a una persona mayor de setenta años. También pidió que se haga el examen mental del imputado para verificar un posible deterioro a raíz de su avanzada edad.
Martín Zacchino realizó un riguroso análisis de los argumentos y contra argumentos de las partes y resolvió el dictado de la medida solicitada por la Fiscalía, indicando a la Unidad Regional que determine el lugar apropiado para el cumplimiento de la prisión preventiva para una persona con las características del imputado.