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El STJ del Chubut a casi un año del conflicto de poderes planteado en el seno del HCD El Hoyo dictó sentencia a favor del concejal Flak

A casi un año de presentación realizada por el concejal de El Hoyo, Gustavo Flak, ante el Superior Tribunal de Justicia del Chubut , en la que denunció la existencia de un conflicto de poderes en el seno del Concejo Deliberante Municipal, el máximo órgano judicial provincial , el pasado jueves 6 falló a favor del edil, declarando procedente el planteo y en consecuencia, ordenó anular la Resolución N° 16/2020 del HCD de El Hoyo, mediante la cual se procedió en su momento a sancionar con una suspensión en sus funciones durante 30 días a Flak, sin goces de haberes.

Es válido recordar que el 17 de julio de 2020, el concejal Flak fue sancionado por sus pares, en el medio de un escenario de conflicto político que intentaba suspender e impulsar un juicio político contra el intendente Pol Huisman.
En ese marco, fue que Gustavo Flak, en su carácter de Concejal de El Hoyo, con el patrocinio del Dr. Daniel Gómez Lozano denunció la existencia de un conflicto de poderes en el seno del Concejo Deliberante Municipal y requirió la intervención del pleno de este Superior Tribunal de Justicia, en virtud de la competencia establecida por el art. 179, inc. 1.1.4 de la Constitución Provincial. Promoviendo entonces la nulidad de la Resolución Nro. 16-2020, dictada el 17 de julio de 2020 por el Concejo Deliberante de El Hoyo, y su suspensión con carácter cautelar, hasta tanto se dicte sentencia definitiva (art. 124 de la Ley XVI N° 46).
Ante la citada presentación y tras 11 meses de lo acontecido, el Superior Tribunal de Justicia del Chubut , en conformidad por lo dictaminado por el Procurador General, hizo lugar al conflicto interno municipal planteado por el Concejal Gustavo Flak contra el Concejo Deliberante de El Hoyo , resolviendo anular la Resolución N° 016/2020, por la que se dispuso la sanción de suspensión por 30 días, sin goce de haberes.
Exceso de atribuciones
En los considerandos de la sentencia interlocutoria, los miembros del superior tribunal del Chubut, Dres. Mario Vivas, Alejandro Javier Panizzi y Florencia Cordón Ferrando sostienen “ cierto es, que el Concejo Deliberante sancionó al Concejal Flak, haciendo caso omiso al régimen reglado por la Ley de Corporaciones Municipales, con el correspondiente exceso de atribuciones; y amén de las irregularidades que pudieran observarse en el procedimiento que se siguió al efecto “.
Para más adelante en otro de los párrafos resaltar que “ En síntesis, la Resolución N° 016/2020 HCD MEH contiene un vicio que hace a la legalidad del obrar administrativo y pone en jaque su validez. Las normas de aplicación y los principios que la informan, en la materia de análisis, conforman -en este caso- para el HCD el bloque de lo reglado o vinculado, en donde no tiene cabida una modalidad discrecional. Las sanciones -para los concejales- son taxativas (amonestaciones y destitución con causa) y no admiten una interpretación extensiva. “
Lo Resuelto por el STJ , con fecha jueves 6 de mayo, fue expuesto ante sus pares por el propio concejal Gustavo Flak, durante la sesión ordinaria de ayer , con un extenso discurso , en el que llamó al resto de los miembros del cuerpo legislativo a aprender de los errores .
Subrayando además que los cargos de los funcionarios son pasajeros, en cambio las instituciones son para siempre.
Aseverando en otro tramo de su discurso “Podemos ser astutos, hábiles, leguleyos, forzar la letra para nuestro proyecto personal, o podemos velar y actuar por los demás. Creo que hay algo muy importante que podemos aprender todos de este fallo. Y es que una mayoría eventual en este cuerpo no hace a la legitimidad de las medidas que toma. Lo dice este fallo con claridad meridiana: el hecho de que se puedan sumar cinco votos no hace a la legitimidad de lo que esos cinco votos decidan. No vinimos a inventar las reglas. Las reglas nos anteceden y nos preceden. Solo la legitimidad hace a la legitimidad. Solo los cumplimientos honorables de sus normas hacen al buen y correcto funcionamiento de nuestro Concejo”.
A lo que añadió “seis manos se alzaron para suspenderme. Pero esas cinco manos no se alzaron en contra mío, sino de las normas. Y por eso no lograron nada, solo que perdamos tiempo y dinero. Que se me ancille mi buen nombre. Que nuestras instituciones queden un poco más lesionadas”.
Finalmente el concejal Gustavo Flak , en los dos últimos párrafos del discurso realizado en el seno del cuerpo legislativo, sostuvo “ Es triste, no para mí, para todos, leer que el Tribunal Superior dice de nuestro Concejo que incurrió en una manifiesta violación al principio de legalidad. Es triste leer que el Sr. Procurador hable de medida pretoriana, es decir, que nuestro Honorable Concejo Deliberante ejerció sobre uno de sus ediles un claro y llano abuso de poder y una violación del principio de legalidad, lesiva de sus derechos. Es una pena pero ya está. De esta pena tenemos que salir mejores o no vamos a salir nunca”.
“Por eso decidí compartirles estas palabras. Para que podamos salir mejores. Para que refundemos nuestra relación, pero sin hacernos los otarios. Somos transitorios y tenemos una función simple: trabajar para los otros, para los demás, velar por la normalidad y la tranquilidad de nuestro pueblo. Trabajemos juntos. Velemos por el orden y la tranquilidad de nuestro pueblo”, cerró su alocución el edil del bloque oficialista .