En sesión extraordinaria días atrás, concejales aprobaron la decisión del Poder Ejecutivo de disolver el juzgado municipal de faltas creado en marzo de 2016.La funcionaria a cargo de dicha cartera se enteró de lo sucedido por vía extraoficial, y hasta ayer( martes 21) al medio día no había sido notificada de la medida.
Al respecto el concejal Cesar Salamín, en rueda de prensa, haciendo caso omiso a la mordaza de comunicación que el gobierno de turno local pretende imponer sobre los funcionarios municipales, justificó la eliminación de dicho juzgado, al sostener que el mismo “ No estaba funcionando como debería; el concejo deliberante no tiene facultad para crear poderes, la ley en ese sentido es clara , los poderes de llevar adelante y aplicar las normas son del ejecutivo, ellos tienen el área de inspectoría con facultad de aplicar multas .Nosotros derogamos la ordenanza ( 015/2016) que creó el Juzgado de Faltas ; el que deberá resolver que pasa con lo actuado hacia atrás será el Ejecutivo “, insistió el presidente del HCD El Hoyo, al tiempo que remarcó que “El tercer poder del estado, es el juzgado de paz”, al fundamentar que los concejales no están facultados para crear poderes en el Estado.
Respecto a la legalidad de lo actuado por el juzgado municipal de faltas durante los último 4 años, a pesar de que el proyecto de disolución del Ejecutivo avalado por la mayoría del Concejo Deliberante sostiene que la creación de un juzgado de faltas violó abiertamente la Ley provincial de Corporaciones Municipales, que rige a todas las intendencias de Chubut que carecen de una Carta Orgánica (Constitución) propia, como es el caso de El Hoyo, Salamín al ser consultado dijo que “ Todo lo que aplicaba el juzgado era las normas vigentes, cumplían el rol de juez, y en la mayoría de los casos se declaraban incompetentes”, fundamentando así la postura del Ejecutivo que sostuvo que dicho juzgado” Se superpone con tareas que realizan y son propias de otras áreas municipales como, por ejemplo, Inspectoría General y Tránsito, generando una duplicidad de jurisdicciones, costos y contradicciones administrativas”.
¿Que dice la juez?
En tanto, la Dra. Patricia Savalía, juez de faltas del municipio de El Hoyo, quien ingreso al cargo por concurso, al medio día de ayer martes(21) no había sido notificada formal y legalmente de la medida disolutiva del juzgado a su cargo.
Al tiempo que entiende que no es tan simple como se plantea, el hecho de dejar cesante un cargo de estas características, al que fue designada por concurso por el término de seis años con posibilidades de que el mismo se prorrogue.
En ese marco, Savalía hizo referencia al artículo Nº 6 de la Ordenanza 015/2016 el cual establece que el juez de falta podrá ser suspendido y removido, por un tribunal de enjuiciamiento, si el titular del poder ejecutivo considera que existen causales de suspensión y juicio político. “Nada de esto sucedió” , dijo la juez, cuya órbita laboral municipal fue disuelta días atrás por decisión del ejecutivo y acompañamiento de cinco de los siete concejales que integran el poder legislativo local. Así mismo la doctora en leyes entiende que si la disolución del juzgado a su cargo queda firme, el poder ejecutivo municipal debería reasignarle nueva función.