Este lunes sobre el medio día , se llevó a cabo una sesión especial en el Concejo Deliberante de El Hoyo, durante la cual se trató la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal N° 604/21 en referencia al veto de la Ordenanza N° 052/2021. Se ratificó la Ordenanza N 052.
En ese marco, los cinco ediles presentes sometieron el veto a votación, y se lo rechazó con cuatro votos a favor (Salamín, Cortés, Ávalos, Arce) y una abstención (Mariguan). Los Concejales Flak y Szudruk no estuvieron presentes en la sesión.
De esta forma, y tal como lo resuelve el artículo N° 108 de la Ley XXVI N° 46 de corporaciones municipales, y los artículos 233 y su inciso primero y décimo y el artículo 241 de la constitución provincial, los concejales adjudicaron los 10 lotes anunciados en la última sesión ordinaria.
Asimismo, se estableció a los beneficiarios del programa “CASA PROPIA”, y se estableció como plazo para finalización de las obras, 3 años desde la promulgación de la presente.
Además, se hace saber a los beneficiarios de las parcelas, que no podrán modificar el dominio de las mismas por el plazo de 10 años. Para el caso de incumplimiento, la ordenanza caducará automáticamente, surtiendo efecto parciales en relación al beneficiario incumplidor.
Sobre el veto
El artículo 75, de la Ley XXVI N 46 de corporaciones municipales, explica: Constituyen atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo:
Promulgar y publicar las disposiciones del Concejo y reglamentar las Ordenanzas o vetarlas, dentro de los diez días hábiles de su notificación. En caso contrario quedarán convertidas en Ordenanzas.
El Concejo podrá insistir en su sanción por los dos tercios de los votos de los miembros presentes, quedando convertidas en Ordenanzas.