Más de cuatrocientos trabajadores del hospital de área El Bolsón, se ve afectados con las últimas medidas tomadas desde el municipio entorno a la ampliación del radio de calles del cobro de estacionamiento medido, que incluye la arteria del frente y el lateral del nosocomio.
Dicha ampliación de radio de calles de cobro de estacionamiento medido, entró en vigencia el pasado lunes 07 de agosto, si bien el comunicado oficial hace referencia a la excepción del pago al personal hospitalario , lo que no se viene cumpliendo ya que el personal a cargo del mismo al servicio de dos grupos de cooperativistas, parece desconocerlo al dejar el talón de cobro en cada uno de los vehículos identificados con la oblea emitida por el área de recursos humanos con el aval de la dirección del hospital al personal de salud pública que allí desempeña sus tareas.
Según se informó ante esta situación, desde el nosocomio se elevaron notas al intendente, al responsable de tránsito, y al presidente del HCD de El Bolsón, sin respuestas positivas al cierre de esta edición. Desde el concejo se les propuso el pago de un canon mensual, cuestión que los afectados rechazan, ya que exigen “se los exceptúe del pago del estacionamiento del radio de cobertura del hospital de área El Bolsón, por considerarlo injusto “.
Así mismo advierten que la ampliación del radio de cobro puesta en vigencia desde el pasado lunes (07), no cumple con la legislación regulatoria vigente ya que hasta la fecha no se colocó la señalización correspondiente. En ese sentido la situación no solo afecta a los trabajadores sino también a los vecinos en general.
¿Qué dice el comunicado Oficial Municipal?
La Municipalidad de El Bolsón informa que mediante la resolución 270/2023 se ratificó la puesta en vigencia del Sistema de Estacionamiento Medido para que funcione en la zona delimitada por las siguientes calles:
a) Av. San Martin (entre calle Pueyrredón (al Norte) y calle Viamonte (al Sur)
b) Calle Dorrego (entre calle Perito Moreno y Av. San Martin)
c) Calle Roca (entre Av. Sarmiento y calle Perito Moreno)
d) Calle Onelli (entre calle Roca y calle Padre Feliciano)
e) Calle Perito Moreno (entre calle Roca y calle Carlos Pellegrini)
f) Circunvalación Plaza Pagano
Asimismo, en dicha ordenanza, se establece que quedan exceptuados de abonar el estacionamiento medido:
1. Los vehículos Ambulancias, Bomberos Voluntarios. Policia, Gendarmeria Nacional, Defensa Civil y/o Servicios Públicos de asistencia en Emergencias que se encuentren cumpliendo funciones inherentes a su actividad y sólo por el lapso que demande la situación en la que se encuentren.
2. Los vehículos que cuenten con oblea identificatoria para personas con discapacidad, debiendo registrarse en el Área Tránsito de la Municipalidad.
3. Taxistas; Remises; Taxi Fletes y Colectivos de Transporte Urbano, que se encuentren estacionados en los lugares habilitados por la Autoridad de Aplicación, siempre y cuando se encuentren en prestación de servicios.
4. Automotor de vecinos frentistas que acrediten domicilio real, debiendo registrar su automotor en el Área Transito de la Municipalidad. Esta exención regirá sólo para el frente del domicilio.
5. Los espacios de ingresos de garajes particulares, los que deberán ser demarcados por el frentista en forma perpendicular a la acera, y a cincuenta (0,50cm) centímetros de ambos lados del ingreso.
6. Vehículo de comerciantes frentistas que acrediten domicilio comercial. debiendo registrar su automotor en el Área Transito de la Municipalidad. Esta exención regirá sólo para el frente del comercio.
7. Los vehículos de mediano porte que estén en horarios de carga y descarga y cumpliendo su actividad. Las Empresas deberán registrar sus rodados en el Área Tránsito Municipal.
Los vehículos que se estacionaren en las dársenas destinadas al personal del Hospital, sitas en el sector existente entre el eje central de la Plaza Pagano y la calle 25 de Mayo. Se deberá informar al Área de Tránsito los vehículos autorizados institucionalmente para estacionar en esos espacios.
9. Durante los días de desarrollo de la Feria Regional, resérvense sin cargo hasta diez (10) espacios vehiculares en el sector donde se desarrolla la misma, destinados para el uso de feriantes involucrados. A sus efectos, deberá otorgarse la habilitación correspondiente por parte de la autoridad competente.
Asimismo, cabe destacar que se establece una tolerancia de 10 minutos, sin costo.