Alarcón declarado penalmente responsable de fraude a la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por el juez Martín O’Connor. La sentencia fue cuestionada por la defensa ante la Cámara Penal y esta confirmó la declaración de responsabilidad condenándolo a la pena de dos años y ocho meses de prisión. Su abogado presentó un recurso extraordinario, el que le fue rechazado por inadmisible.
Fabián Gabalachis cuestionó la decisión de la Cámara por considerar que aplicó erróneamente la ley penal, por considerarla arbitraria y que no observó las reglas relativas a la correlación entre la acusación y la sentencia.
Los jueces Martín Zacchino, Flavia Trincheri y Hernán Dal Verme, consideraron que el defensor reeditó de modo fragmentado los argumentos brindados por el tribunal a cargo del debate y que esos mismos argumentos fueron atendidos y “fundadamente descartados por esta Cámara”. Sostienen los camaristas que la “mera discrepancia expuesta, no abastece el concepto de arbitrariedad de sentencia reclamado”. Luego de citar el criterio del Superior Tribunal de Justicia, decidieron declarar inadmisible la impugnación extraordinaria por no reunir los requisitos mínimos de procedencia establecidos por el Código Procesal Penal.