Los convencionales de Lago Puelo, hacedores del armado de la carta orgánica, en conferencia de prensa salieron a aclarar que ellos no son los generadores de la crisis o grieta que se pretende generar en la comunidad, aseverando que dicha intención se impulsa desde el ejecutivo que ser siente afectado en sus intereses, especialmente por uno de los artículos, el N° 34 por el cual se judicializo la situación. Si bien la jura de la carta se encuentra suspendida, ahora resta conocer lo que dictaminará el Superior Tribunal de Justicia.
Es válido recordar que dicha carta orgánica municipal, fue oportunamente impulsada dentro de su plataforma política por el propio intendente Ibarra; la misma fue armada por los constituyentes, analizada por la comisión de asuntos constitucionales de la legislatura provincia, aprobada y puesta en vigencia una vez publicada en el boletín oficial. Llegado el momento de su juramento, el intendente se vio impedido por los convencionales constituyentes que apelaron al párrafo del artículo 34, entendiendo que el mismo inhabilita al actual intendente a ejercer cargos públicos, por haber sido funcionario de la dictadura y mucho menos a pretender ir por la reelección.
Cuando esto comenzaba a delinearse y trabajarse, era motivo de festejos para los distintos sectores involucrados y participativos en la iniciativa, sin pensar que con el correr de los meses el contenido de la misma llevaría a judicializarla.
Los integrantes de la comisión de convencionales constituyentes, Juan Pablo Pratolongo (Chu.So.To.), Roxana Nahuelquir (Chu.So.To.); Liliana Mihelj (FpV); Hugo Cancino (Cambiemos) y Edgardo Mele (FpV), en conferencia de prensa, aseveraron que la misma se armó tomando como norte elementos centrales de la constitución nacional y provincial, que entendían debían estar representados en la carta orgánica. Al tiempo que indicaron que “El deber que uno cumple cuando hace una carta orgánica es cuidar al ciudadano de Lago Puelo. Hicimos una carta para 20 a 30 años de acá para adelante, la convencional no puede trabajar sobre en función lo que nos pasa hoy. Tiene 326 artículos que hablan de muchas cosas, seguramente habrá cosas que arreglar y mejorar”.
Situación actual
Hoy, por el dictamen del Juzgado Único Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Familia, Comercial, laboral, Rural y de Minería de Lago Puelo, a cargo de Guillermo Gregorio, la jura de la carta orgánica se encuentra suspendida, a la espera de una resolución de fondo del Superior Tribunal de Justicia del Chubut.
Carta Orgánica Vigente
Hugo Cancino, convencional constituyente y abogado, al ser consultado por el estado de situación judicial, explicó que “La Carta Orgánica está vigente, salvo el artículo 34, que inhabilita a Ibarra a ejercer cargos públicos. Sera la justicia la que se expedirá, si es válido o no en la forma en que se estableció esta inhabilidad al intendente municipal “, a lo que Cancino agregó “ Los plazos del STJ son bastante acelerados y breves, se espera alrededor de 30 días para que se expida el superior tribunal … quien dará claridad sobre esto”.
El Dr. Hugo Cancino, fue acusado por el intendente Ibarra de ser el “Monje Negro”, responsable de la redacción del artículo 34, al respecto el convencional sostuvo : “ Lo de Monje Negro evidentemente es un cliché que hace a la comunidad para generar una determinada grieta que no existe. En las próximas elecciones Ibarra, si la justicia se lo permite participara como candidato y tendrá los resultados que tenga que tener, y si no puede ser porque está inhabilitado … no lo será por lo que dice la carta orgánica” , remarcó el abogado.
Por su parte el intendente Raúl Ibarra insiste en que “la interpretación, efectos y aplicación del artículo 34° (que lo deja afuera del municipio) es una cuestión eminentemente técnica y jurídica; no política, donde cada uno la valora en la medida que le conviene. Los convencionales no quisieron tomarme juramento y advirtieron que quedaría bajo la figura de usurpador del cargo, una cuestión gravísima toda vez que soy un intendente constitucional elegido por su pueblo”.
Asegurando que él no destituyó a ninguna autoridad legítima durante el gobierno de facto, al sostener “ Yo era empleado administrativo, continué trabajando y luego fui designado para sustituir a quien por razones de enfermedad debió renunciar, hasta que llegara un reemplazo que nunca llegó y después retorné a mis funciones administrativas dentro del Municipio” , a la vez que remarcó “Nunca oculté ese circunstancial mandato y la gente me votó en pleno conocimiento de esas circunstancias, saben que no fui autor de ninguna destitución ni de violación alguna a los derechos humanos”.