En audiencia preliminar se sorteó el tribunal y se fijó fecha en septiembre para el juicio en el que se analizará el accionar del Oficial Principal a cargo de un grupo de Infantería, el 11 de enero de 2017 en la zona ocupada por el lof en resistencia Cushamen. Se espera escuchar la declaración de setenta testigos, en diez jornadas de debate.
La acusación fue presentada por la fiscal María Bottini. La magistrada relató en hecho que lleva a juicio indicando que sucedió el 11 de enero de 2017, entre las 19 y las 20 horas, en la Ruta Nacional 40, a la altura de Leleque, km 1848, provincia del Chubut. En dichas circunstancias un grupo de la policía de la provincia del Chubut (compuesto por un total de 20 efectivos), perteneciente a la Guardia de Infantería de dicha fuerza, a cargo del Oficial Principal Javier Alberto Solorza, circulaba por el lugar a bordo del móvil R.I. 554, tipo Furgón, marca Iveco, dominio MSL-208, con dirección a la ciudad de Esquel. Al ingresar a la ruta Nacional 40 (de asfalto) justo en la zona donde existe un conflicto de larga data con un grupo autodenominado Lof en resistencia del departamento de Cushamen, y en virtud de una posible agresión con piedras hacia el furgón, por orden y bajo directivas impartidas por el jefe del grupo, Oficial Principal Javier Alberto Solorza, quien asume un rol activo, indicando a los policías que estaban bajo su mando lo que tenían que hacer; parte del grupo, baja de la camioneta, se acercan al alambrado perimetral que separa el predio de la ruta, y realizan disparos con escopetas con municiones antitumulto, a corta distancia (menos de 10 metros) y direccionados a la parte superior del cuerpo de las personas que se hallaban en el lugar, impactando al menos a cuatro de ellos, ocasionándoles lesiones de distinta gravedad.
Fernando Eloy Jones Huala, sufrió una equimosis en región lateral izquierda del tórax, de carácter leve.
Malvina Soledad Encina, sufrió una lesión en la cara interna del antebrazo izquierdo (hematoma), de carácter leve.
Fausto Horacio Jones Huala, sufrió un traumatismo de cráneo en la región mastoidea izquierda de su cabeza, el cual le produjo una lesión intracerebral que en el momento inmediato deprimió su censorio y al momento del alta institucional e incluso 3 (tres) meses después, le produjo disminución de su función de habla o lenguaje y audición como secuela, tratándose en principio de lesiones de carácter grave.
Emilio Sebastián Jones, sufrió una fractura atípica de rema derecha del maxilar inferior hasta cóndilo, que disminuye la apertura de la cavidad bucal, lesión ésta de carácter grave, por generar una inhabilidad laboral mayor a 1 (un) mes.
Cabe destacar que el episodio descripto ocurre en un contexto de gran conflictividad dado que días anteriores, otras fuerzas de seguridad, habían realizado procedimientos en el predio, encontrándose en ese momento, varias personas vinculadas con los ocupantes del predio, privadas de su libertad en la ciudad de Esquel, lo que tornaba aún más vulnerables a los ocupantes del predio; y al proceder como se describió el Jefe del Grupo operativo, incumplió con la normativa aplicable y con los deberes a su cargo (art. 122 de la Constitución Provincial, art. 1 de la Ley XIX nro. 5 del Digesto Jurídico Provincial y Protocolo de Actuación de las Unidades Antidisturbios de la Policía del Chubut), además de incumplir con las precauciones que deben tenerse al utilizar proyectiles antitumulto, en particular la dirección del disparo y la distancia aconsejada.-
Los hechos fueron calificados por la Fiscalía como constitutivos del delito Lesiones leves agravadas por haberse cometido con abuso de la función policial (2 hechos), Lesiones Graves Agravadas por haberse cometido con abuso de la función policial (2 hechos) en concurso ideal con abuso de autoridad (arts. 89 y 90 en función del 92 y 80 inc. 9 y 248 del Código Penal).
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