El pasado miércoles (26) en sesión ordinaria el Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, adhirió a la Ley Nº XXIII Nº 27 y Decreto Reglamentario nº. 1036 de la provincia del Chubut, la cual regula la prestación de los servicios de alojamientos turísticos con actividades dentro del territorio.
Así mismo el Poder Legislativo municipal, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a coordinar con las autoridades de aplicación las tareas de relevamiento de los establecimientos y/o alojamientos turísticos.
Entre los considerandos de la ordenanza de adhesión aprobada por unanimidad, los ediles hoyenses remarcan que dicha ley busca orientar y promover la calidad de los alojamientos turísticos, dar transparencias y lealtad comercial en la actividad y proteger los derechos de los turistas.
Al tiempo que se reconoce que en la jurisdicción Municipal de El Hoyo existe un gran número de establecimientos destinados a alojamientos turísticos y que no están debidamente clasificados y categorizados.
OTROS TEMAS
-Aporte provincial de 150 mil pesos
Entre los temas abordados en sesión ordinaria, el HCD El Hoyo ratificó en todos sus términos la Resolución 174/16 del Ministerio de la Producción, mediante la cual el gobierno provincial realiza un aporte al municipio de El Hoyo de 150 mil pesos destinados al plan de manejo y conservación de bosques nativos.
Mediante la ordenanza de ratificación también se incrementan el presupuesto municipal 2016 en las partidas presupuestarias de ingreso y egreso de fondos
-Registro de Oposición
A raíz de una solicitud ingresada por la Junta Vecinal de Barrio Cume-Hue relacionada con la designación del nombre para el callejón conocido como “Trafian”, en la zona perteneciente a dicho Barrio, el HCD de El Hoyo, aprobó la habilitación de un Registro de Oposición, con el fin de establecer la designación del nombre para el callejón conocido como “Trafian”, con el nombre de “Enrique Trafian”.
A los fines de su correcta implementación de lo expresado anteriormente se habilitará un libro de actas debidamente foliado y rubricado, el cual estará disponible en el Honorable Concejo Deliberante, por el término de 30 días a partir de promulgada la presente, donde cada persona que se oponga al proyecto propuesto deberá registrar: Apellido, Nombre, DNI, Domicilio y firma; y Expresar su oposición al proyecto.
En el articulo 3 la ordenanza, establece que si la oposición fuera superior al 50% de los residentes de dicho Barrio, quedará sin efecto la propuesta presentada.
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