El viernes se conocerá la sentencia en el caso por el que están imputados el abuelo y el tío de los niños.
Durante la jornada del 5 de septiembre del corriente, en la sala de audiencias del sexto piso del edificio de tribunales de Trelew, el tribunal integrado por Gustavo Castro, Marcelo Nieto Di Biase y Fabio Monti, luego de escuchar los alegatos finales de las partes, dio por concluido el debate oral y anunció que el próximo viernes 8/09 dará a conocer la sentencia en la causa donde están acusados dos sujetos –padre e hijo– por cuatro hechos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por distintas circunstancias, entre las que se encuentran la convivencia preexistente, la duración en el tiempo y el contexto de violencia de género en perjuicio de tres hermanos menores de edad, que son nietos y sobrinos de los acusados.
Los hechos
De acuerdo con la acusación pública fiscal, los hechos ocurrieron en junio de 2020, en un domicilio del barrio Tiro Federal de Trelew, cuando uno de los imputados, luego de recuperar la libertad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con uno de los menores, condujo al mismo a una habitación para abusarlo sexualmente.
Los hechos se reiteraron en el tiempo, apelando a la modalidad de delito continuado. El segundo hecho ocurrió en enero del año 2020, en el mismo domicilio del barrio Tiro Federal de esta ciudad, cuando el acusado, aprovechando la situación de convivencia preexistente con otro menor, hermano del anterior, en la habitación que compartían transitoriamente la víctima, también abusó sexualmente de éste.
Y el tercer hecho ocurrió en febrero de 2021 y hasta octubre de ese año -fecha en que los menores son trasladados al hogar de niños- oportunidad en la cual el imputado, aprovechando la situación de convivencia preexistente, abusó sexualmente también de la hermana de los menores víctimas. Los hechos ocurrieron de domingo a lunes de acuerdo al relato de la menor, lo que apela a la modalidad de delito continuado.
Respecto del otro imputado, el hecho ocurrió en febrero de 2020 y hasta octubre de 2021, en el mismo domicilio anterior, cuando el acusado, conociendo la edad de la víctima y el vínculo que la unía con la misma, aprovechando la convivencia preexistente, abusó sexualmente de ella.
Los hechos ocurrieron en un número indeterminado de veces que apelan a la modalidad de delito continuado.
Alegatos de cierre
El ministerio público fiscal representado por las fiscales generales Silvia Pereira y Claudia Ibáñez confirmó los hechos relatados en la acusación y la calificación jurídica escogida para los imputados, confirmando que luego de las pruebas testimoniales y periciales ofrecidas en debate, quedó demostrado la materialidad y autoría penalmente responsable de los imputados en perjuicio de las víctimas por los cuatro hechos traídos a juicio.
En el caso del tío de los niños se le atribuyen tres hechos mientras que al abuelo se le imputa uno.
La fiscal general Pereira destacó la prueba testimonial de los propios niños, más allá de las pericias practicadas, indicando que, de acuerdo a la jurisprudencia local y nacional, el relato de las víctimas de abuso sexual es el primer indicador a tener en cuenta, y en este caso, los peritos indicaron que los relatos son creíbles y coherentes.
Finalmente, la fiscalía solicitó al tribunal que declare a los acusados culpables de los delitos imputados.
Lugo fue el turno de la asesoría de familia representada por Pablo Rey, quién resaltó la trascendencia del proceso que llevó adelante el ministerio publico fiscal, al igual que se hizo desde la asesoría de familia. Del mismo modo que la fiscalía, el asesor de menores también ponderó la prueba desarrollada por el MPF estando de acuerdo con la acusación y el pedido de culpabilidad. Aun así, agregó que lamentablemente los niños, más allá del proceso judicial, siguen estando en una situación vulnerable.
Por último, el defensor público Carlos Flores Pericich, comenzó su alegato de cierre confirmando, luego de lo expuesto en juicio por los peritos, lo que manifestó al inicio del juicio, es decir, que los niños mantenían relaciones sexuales entre ellos.
Esta situación fue visibilizada cuando fueron sorprendidos por el abuelo, su representado y siendo castigados por esa situación. Esta hipótesis del caso fue la que planteó la defensa agregando que, en ese planteo, el hermano mayor es la figura dominante de esas prácticas.
Agregó que la fiscalía no pudo probar rastros de abuso sexual, al irse los niños de la casa de los acusados al hogar de la familia sustituta que finalmente hiciera la denuncia. Manifestó que los hechos narrados no están debidamente circunstanciados en cuanto a modo, tiempo y lugar. Reafirmó que la fiscalía no ha podido demostrar, en base a las pruebas aportadas, la responsabilidad material de sus representados por cuanto las pericias practicadas sobre los niños no arrojaron resultados positivos.
Según la defensa, la fiscalía debía haber ampliado su investigación sobre los presuntos abusos, hacia otras circunstancias -relaciones entre los hermanos- y no cerrarse solamente hacia sus defendidos. Explicó que el relato de los niños tiene que ver más con una estrategia de supervivencia, dado su historial de vulnerabilidad extrema, en el sentido de no acusarse entre ellos.
Finalmente, el defensor, en función de la falta de evidencia física, solicitó la absolución de culpa y cargo de sus representados.
El tribunal colegiado, finalmente informó a las partes que dará a conocer su veredicto el viernes 8 de septiembre del corriente, a las 12 horas.