El secretario general de SITRAED , Gerardo Carranza, dio a conocer hoy dictamen judicial favorable sobre medida cautelar, presentada contra la resolución Nº 168/20, que dejaba sin trabajo a cientos de trabajadores. De esta forma y por determinación de la Jueza laboral Dra Barreiro, “se logró suspender la aplicación de la ejecución de dicha resolución a todas/os los docentes del Chubut” .
Disponiendo el dictamen judicial la inmediata reincorporación de los docentes afectados quienes seguirán devengando y percibiendo sus salarios y gozando la cobertura de la obra social correspondiente.
La decisión judicial que suspende la Resolución nº 168/2020, fue informada en conferencia de prensa por la dirigencia de SITRAED , considerando muy importante dar a conocer tanto a las familias docentes como a la opinión publica en general, el dictamen judicial a favor de la medida cautelar interpuesta por el sindicato de trabajadores de la educación, ya que la misma “dejaba lisa y llanamente sin trabajo a cientos de compañeros”, quienes deberán ser reincorporados a sus respectivos cargos , contemplados por la Resolución Nº 51 /20 la cual le da un paraguas de protección laboral a los docentes en el marco de la Pandemia por Covid 19.
Carranza recordó que dicha cautelar fue presentada tras agotar la instancia de reclamo por la vía administrativa realizada por el conjunto de los sindicatos con la presentación de un recurso de reconciliación jerárquico, que a la fecha nunca fue respondido; cuestión por la que SITRAED decidió subir un escalón más recurriendo a la justicia.
“Este dictamen judicial, le da al gobierno la posibilidad de asumir el error que significó la resolución 168/20 .Le pedimos al gobierno de la provincia que desista de la misma, porque los argumentos son contundentes en cuanto al espíritu primario que tuvo la 51 “, aseveró Gerardo Carranza secretario general del SITRAED, junto a su compañera sindical .
Por otra parte se subrayó que el fundamento de la ministra Perata al impulsar e imponer la Resolución 168/20, fueron meramente administrativos y económicos, y los mismos nada tenían que ver con la Nº 51/20 que se estableció y se dictó en su momento en acuerdo con el Consejo Federal y las recomendaciones del Ministerio de Educación de la Nación.