En marzo último, al comenzar la pandemia, se dictó una norma transitoria y excepcional que daba continuidad a los suplentes; transcurridos seis meses y ante la emergencia económica, el organismo dispuso el cese de esa resolución e informó la cobertura de vacantes a través de las áreas de Designaciones.
Debido a la gran cantidad de reintegros que se produjeron en estos meses de aislamiento social, preventivo y obligatorio de docentes que venían usufructuando algún tipo de licencia al momento de dictarse la emergencia sanitaria, el Ministerio de Educación dispuso dejar sin efecto, a partir de mañana, la Resolución Nº 51 del organismo emitida el 25 de abril último, cuando se suspendieron las clases presenciales.
La citada resolución que se dictó entonces con carácter excepcional y transitorio, estableció la continuidad laboral de los docentes que se encontraban al 15 de marzo cumpliendo funciones como suplentes, reemplazantes y provisorios.
Transcurridos seis meses, y dado el regreso a sus cargos de los docentes titulares o interinos que estaban de licencia con o sin goce de haberes, la situación llevó a incurrir al Ministerio de Educación, en el marco de la emergencia económica, “en una doble y en algunos casos triple erogación de fondos por un mismo cargo, generando un gasto excesivo muy difícil de afrontar”.
Al mismo tiempo, la doble erogación que afecta las cuentas del organismo, impide la designación de docentes frente a alumnos para garantizar el servicio educativo y por eso, las autoridades de la cartera educativa iniciaron este proceso para la paulatina normalización.
Cargos vacantes
Junto con la Resolución 168 que informa el cese de las suplencias al 15 de septiembre, se emitieron las resoluciones 169 y 170 que habilitan los procedimientos administrativos para la designación de docentes frente a alumnos en los niveles Inicial, Primario y Secundario, a través de las áreas de designaciones.
Según un relevamiento realizado por el área de Recursos Humanos de Educación, un porcentaje importante de los docentes suplentes que cesan tienen doble cargo y los que se quedaran sin cargo, podrán presentarse en la cobertura de vacantes que se habilitará en las designaciones próximas, donde los que primero acceden son los que no tienen cargo.
“Corresponde avanzar en la paulatina normalización y funcionamiento de las distintas oficinas educativas, adoptando las medidas necesarias que garanticen la prestación del servicio educativo bajo la metodología virtual, contribuyendo a la continuidad de las actividad de enseñanza y aprendizaje en el actual contexto”, se explica en los fundamentos de las resoluciones 169 y 170 que restablecen el procedimiento de designación y cobertura de cargos en los tres niveles obligatorios del sistema, en el marco de la excepcionalidad de la emergencia sanitaria.
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