El ministro de Salud de la Provincia, Adrián Pizzi, el Director Asociado Área Programática, Jorge Elías y otros referentes de Salud, se presentaron en la Fiscalía para articular medidas tendientes a garantizar la contención del brote de Hantavirus. Los fiscales María Bottini y Ezequiel Forti formularon un pedido al juez de turno Martín Zacchino, basado en datos científicos recabados y sistematizados por el comité creado al efecto. El informe es concluyente en que la forma de frenar el contagio es mediante el estricto aislamiento selectivo respiratorio, no solo de las personas ingresadas al sistema de salud, sino también de quienes sean definidos como sus contactos por los profesionales abocados a esta tarea.
La decisión de las autoridades del Ministerio de Salud de la Provincia, de acudir a la Justicia, se basó en la constatación de que algunas de las personas aisladas no aceptan cumplir las pautas sanitarias que les fueron indicadas. Si bien los operadores de salud visitan constantemente a estas personas, brindando información y procurando crear conciencia, las particularidades del virus demandan que se cumpla estrictamente con el aislamiento respiratorio para controlarlo y poner fin al brote.
El Código Penal en su artículo 205 reprime con pena de prisión de seis meses a dos años al que “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. El juez citó en su resolución a Edgardo Donna, quién sostiene que “las autoridades sanitarias toman las medidas correspondientes y, quien las viola, concurre a la difusión de un peligro y debe ser castigado”. Esta es la norma que habilita la intervención de la justicia penal en el caso y en base a la cual se requirió y dictó por el juez de turno una medida de protección.
Zacchino entendió que “la medida analizada – al igual que el tipo penal- mira o protege lo social y a la obligación que tienen los ciudadanos hacia el bien común”. Añadió que “Se resguarda la salud de las personas en general frete a las epidemias que la afecten, que pueden tener su origen en enfermedades de animales, plantas o de las propias personas”.
En su análisis sobre la necesidad de establecer la medida, el juez tuvo en cuenta que “aquí no solo está en juego la salud de la población, sino también la vida de las personas, lo que torna a la medida no solo en proporcional sino también en lógica, razonable y absolutamente necesaria”.
El juez dispuso la permanencia continua en sus respectivos domicilios de las personas indicadas en el informe anexo al pedido realizado por los fiscales María Bottini y Ezequiel Forti, a fin de hacer efectivo su aislamiento selectivo respiratorio, de conformidad con lo establecido en el protocolo de actuación elaborado por el Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut. La medida se dispone por un plazo de 30 días. Estas personas tampoco podrán recibir visitas domiciliarias que no sean debidamente autorizadas por Salud.
En el segundo punto de la resolución, el juez establece que la permanencia domiciliaria continua conlleva, además, la obligación de someterse a los cuidados y vigilancia de la autoridad Sanitaria, quién actuará, en su caso, con la debida asistencia de la Jefatura de Policía de la provincia del Chubut.
Por otra parte, de acuerdo con la solicitud fiscal, el juez ordenó al Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios de Salud, Familia y Gobierno, cubrir adecuada y oportunamente las necesidades alimentarias, sanitarias, sociales y cualquier otra que eventualmente pueda surgir en base a o con motivo de la situación del aislamiento aquí ordenado.
Salud monitorea la evolución de todas las personas que se encuentran en esta situación y de sus contactos. Por lo que se acordó la comunicación permanente con los fiscales para tramitar las peticiones que se estimen necesarias con el transcurso del tiempo.
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