La frase y descripción de los hechos como “accionar doloso de desahogo sexual» citada por el fiscal Fernando Rivarola en expediente judicial de una causa por violación en manada a una joven de 16 años, generó indignación y múltiples expresiones de repudio a nivel nacional con gran repercusión en redes sociales y medios de comunicación, sobre todo el día en que se cumplían los 5 años de la marcha histórica del “Ni Una Menos”.
El hecho ocurrió en playa unión en 2012 en una fiesta privada, la victima al momento del abuso se encontraba bajo los efectos de alguna droga y/o alcohol, y su investigación se disparó a raíz de la denuncia realizada por la víctima en las redes sociales quien encontró por ese canal la vía de denunciar lo sucedido tras superar un estado de depresión importante. Es así que la justicia del Chubut, con el fiscal Fernando Rivarola a la Cabeza, intervino de oficio iniciándose una investigación, en principio bajo la calificación legal de “abuso con acceso carnal”, la victima ratificó sus dichos en la justicia lo que permitió que la investigación avance. Transcurrido un año y medio de su inicio dicha caratula paso a ser “abuso sexual simple” , en ese contexto judicial fue que se terminó acordando con los abogados defensores la realización de un juicio abreviado.
En principio eran cinco los jóvenes hijos de reconocidas familias sindicados como autores del aberrante hecho, pero con el correr de la investigación dos de ellos fueron sobreseídos por Rivarola; en tanto para tres de los jóvenes se pidió elevar la causa a juicio abreviado, el cual se homologaría en breve.
En esa instancia los tres imputados aceptarían su responsabilidad sobre el hecho y la víctima, con una condena a 3 años de prisión en suspenso; dicha aceptación implicaría también un resarcimiento económico a la víctima.
«Desahogo sexual doloso»¿ Que dice el Ministerio Publico Fiscal del Chubut?
Trascendida la polémica frase, que causó un impacto negativo y de fuerte repudio sobre la figura del fiscal Rivarola, desde el Ministerio Publico Fiscal del Chubut, se emitió un comunicado aseverando que la frase atribuida al Fiscal fue sacada de contexto cambiando el sentido de los términos, aseverando que la situación sobreexpone a la víctima y pone en riesgo aspectos cruciales del proceso penal.
En otro de sus párrafos el MPF, al fundamentar el uso de dicha frase, sostiene que “ En palabras simples, el abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta. Eso es dolo. Por eso, en el contexto de una exposición, el uso de la frase «desahogo sexual doloso», resume lo que escribimos en varios renglones al comienzo de este párrafo, fundamentalmente si se hubiera utilizado en el contexto de audiencias o escritos reservados a los que solo debieran acceder profesionales del derecho que conocen el alcance el término dolo. En las audiencias orales y públicas, la Fiscalía en particular y los operadores del sistema penal en general, procuran en sus planteos y resoluciones, aclarar los términos legales para que se comprendan por quienes no son abogados”.