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Gobernador Arcioni -firma nuevo DNU

Arcioni elevó a la Legislatura un proyecto de ley para reestructurar deuda pública por 1.892 millones de pesos

La misma se contrajo a partir del acuerdo suscripto con el Gobierno Nacional el 18 de mayo de 2016.

El gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, elevó a la Legislatura Provincial un proyecto de ley para obtener la autorización correspondiente para reestructurar una deuda de 1.892 millones de pesos, que surge a partir del 18 de mayo de 2016 en el marco de un acuerdo celebrado con el Gobierno Nacional.

Mediante ese acuerdo, el Gobierno Nacional instruyó al Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a desembolsar a favor de las provincias firmantes, entre las que se encontraba Chubut, préstamos de libre disponibilidad con cancelaciones parciales y sucesivas.

El proyecto, enviado, redactado y aprobado por Nación, establece que la fecha de emisión del Bono de Conversión será el 15 de marzo de 2022 y el vencimiento operará a los 9 años, con un plazo de gracia de 3 años y cuyo primer vencimiento será el 15 de marzo de 2025.

El bono a emitir tendrá denominación en pesos y la cancelación de capital será en doce cuotas semestrales, iguales y consecutivas, pagaderas los días 15 de marzo y 15 de septiembre de cada año hasta el año 2031.

La iniciativa girada al Parlamento chubutense también autoriza al Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, a adherir a los mecanismos que el Estado Nacional pudiera disponer para atender desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales.

La solicitud se basa en que el Gobierno Nacional, mediante el decreto Nª 458/21, determinó la prórroga de los acuerdos de refinanciación suscriptos ante la ANSES, en su carácter de administradora del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se fijó como fecha de vencimiento el 15 de marzo de 2022.

Ello “a los efectos de que las provincias puedan ejercer la conversión en un bono con vencimiento a mediano plazo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la ley 27.574”. Dicha norma “también permite hacer lo propio con los desembolsos que tuvieron lugar en los años 2018 y 2019”.

La Exposición de Motivos del proyecto de ley remarca que “no se trata de contraer un nuevo endeudamiento, sino de reprogramar los vencimientos de los pasivos asumidos durante los años 2016, 2017,2018 y 2019”.

“La opción del bono de conversión es un instrumento financiero que establece el decreto nacional 458/21, que permitirá dar mayor oxígeno a las cuentas públicas provinciales y lograr un mejor ordenamiento de los vencimientos de la deuda pública, tendientes a hacer converger la misma a niveles sostenibles”, agrega.

Por último, se destaca que la emisión del bono de conversión se realizará en varios tramos, considerando los vencimientos de los respectivos desembolsos.